¿Qué es el decreto? Es un marco jurídico para regular el ejercicio de determinadas terapias naturales.¿A quien afecta?
1 - Acupuntura y terapias orientales afines, es decir, "Medicina Tradicional China".
2 - Criterio Naturista, o "Naturopatía".
3 - Terapias y técnicas manuales. Según las guías incluye: diafreoterapia, drenaje linfático, kinesiología, quiromasaje, reflexología, osteopatía, shiatshu y spinología.
4 - Criterio homeopático, u "Homeopatía".

¿Cómo afecta a los profesionales en activo?

A los profesionales en activo de cualquiera de las terapias reguladas. A los profesionales que enseñen estas terapias. A las escuelas donde se imparten estudios de estas terapias. A los alumnos que estén estudiando estas terapias. Para ser acreditados se pide que se superen unas pruebas de nivel. Para presentarse a esta prueba se ha de demostrar: 1º - que se está ejerciendo esa terapia, mediante la presentación de algún documento oficial que lo acredite (autónomos, alta IAE, contrato…) 2º - que se han realizado una cierta cantidad de horas de estudios de estas terapias. También se pide cumplir las directrices de la “Declaración colectiva de principios de la práctica de las terapias naturales”, una especie de código ético y deontológico de los profesionales de las terapias naturales. Además se pide que, cada 10 años, el profesional de las terapias naturales tenga que superar una prueba de evaluación de competencia para poder renovar la acreditación. ¿Cuánto tiempo hay para la regularización? Dos años desde la entrada en vigor del decreto. El decreto nada más dice que el “Institut d'Estudis de la Salut" -IES- será el encargado de prepararlo. Autoriza a quienes finalicen los estudios durante el año 2006 a que se presenten a la prueba de nivel que determinará el IES. ¿Cómo será la prueba de nivel? ¿Cómo afecta a los alumnos que todavía están estudiando? ¿Cómo afecta a los profesores de estas terapias? ¿Cómo afecta a las escuelas? Previamente el IES tiene que haber convalidado la formación recibida por el estudiante Pide que los profesores sean profesionales en la actividad, que se acrediten y que puedan demostrar una antigüedad de la actividad de tres años. Tendrán que impartir un programa docente adecuado a las guías de evaluación de competencias publicadas por el IES. Los profesores tendrán que estar acreditados por el IES. Las asignaturas de ciencias de la salud (anatomía…) deberán ser impartidas por licenciados/as o diplomados/as sanitarios. L'IES ha informado que será de la siguiente manera: La prueba de nivel tendrá dos partes: Una parte teórica de preguntas tipo test con respuestas múltiples. Serán preguntas directas, sin dobles negaciones, con respuestas claras y concretas. Un tercio de las preguntas serán de un bloque común y dos tercios de la terapia específica. Una parte práctica, con situaciones concretas de gran frecuencia y/o importancia completamente cotidianas dentro de la práctica normal. No serán preguntas de conocimientos puros, serán preguntas en relación a la práctica cotidiana habitual. Si por cualquier razón no superas la prueba, habrá más de una oportunidad. No se quiere dejar sin ejercer a profesionales que ya lo están haciendo. Este sistema permite reforzar la confianza entre la Administración y los practicantes que hasta ahora habían trabajado en situación de alegalidad con estudios de muy diversas tipologías. Se valora la antigüedad como mérito, es decir, cuantos más años hace que puedas demostrar que estás ejerciendo, más puntos tienes. Resumiendo, ¿Qué aporta el decreto? Según el decreto, nada más podrán estudiar en las terapias acreditadas aquellas personas que reúnan los requisitos para iniciar una FP de 2º grado, es decir, un nivel de bachillerato. Una vez finalizados los estudios en la escuela de terapias naturales, deberán superar una prueba de evaluación según diseño y condiciones que fijará el IES. Se pide que tengan un área de recepción, área de tratamiento y servicios y una zona de almacenamiento para los productos y utensilios de limpieza. Deben tener botiquín, póliza de responsabilidad civil y licencia municipal de actividades. El hecho de que nuestras profesiones no estén reconocidas hasta ahora, no quiere decir que no tengamos que cumplir la ley. La ley dice que tenemos que estar dados de alta en el IAE. Si no puedes demostrar de ninguna manera que estás ejerciendo, habla con tu asociación profesional y regulariza tu situación lo más pronto posible. Fuente: Federacion de Profesionales de Terapias Naturales de Cataluñahttp://www.tenacat.org/

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